Pacto de socios

Pacto de socios

I. INTRODUCCIÓN

Este documento establece los términos y condiciones del acuerdo entre los copropietarios del barco [Nombre del Barco], en adelante denominado "el Barco". Las partes involucradas en este acuerdo, en adelante denominadas "los Socios", acuerdan lo siguiente:

II. PARTES INVOLUCRADAS

  1. Vicente Cano de Nicolás, con DNI 11864236p, en adelante "el Socio 1".
  2. Daniel Bolibar , con DNI [DNI del Socio 2], en adelante "el Socio 2".
  3. Eugenio García-Calderón Huerta, con DNI 05942953Y, en adelante "el Socio 3".
  4. Javier
  5. JAvier

III. OBJETO DEL ACUERDO

El presente acuerdo tiene por objeto regular la copropiedad, uso, mantenimiento y cualquier otro aspecto relacionado con el Barco, así como la distribución de gastos y responsabilidades entre los Socios.

IV. DISTRIBUCIÓN DE PARTICIPACIÓN

  1. El Barco será dividido en u máximo de 6 participaciones iguales. De no alcanzar 6, cada parte tendrá proporcionalmente lo correspondiente al 100% dividido entre el número de socios.
  2. Cada Socio tendrá la misma cantidad de propiedad del barco.
  3. Habrá dos modalidades para la posesión de la participación:
    1. Modalidad 1: Pago de 2500€
    2. Modalidad 2: Realizar trabajos superiores a 45 días en jornada completa en la rehabilitación del mismo.
  4. Habrá dos modalidades de socios:
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    • Socio 1: destinará principalmente el barco al proyecto de “Aventura Solar”
    • Socio 2: destinará principalmente el barco al recreo.

V. USO DEL BARCO

  1. El Barco estará disponible para el uso de los Socios según un calendario previamente acordado con las siguientes normas.
  2. Cada Socio 2 tendrá derecho a utilizar el Barco por un período de 40 días al año. Si dos socios 2 embarcan en la misma singladura, cada día les contará como 0,5 días.
  3. En caso de querer misma fecha, elegirá la persona que menos haya navegado
  4. Los socios 1 guardarán 4 meses al año (fuera de Julio y Agosto), para realizar travesías de altura para el proyecto “aventura solar”
  5. Los socios 2 tendrán disponible el barco 10 días cada uno disponible dentro de los meses del 15 de Junio al 15 de Septiembre.
  6. El calendario de uso será revisado y acordado por el administrador y este resolverá posibles diferencias entre los socios.
  7. El calendario será de uso compartido y la preferencia en elección será:
    1. Socios 1: eligen preferentemente el bloqueo de los 4 meses.
    2. Socios 2: eligen en los restantes 8 meses en el calendario y la prioridad será para el primero que la marque en el calendario.
  8. Los períodos de alta demanda (verano, festivos, etc.) se asignarán de manera rotativa para garantizar la equidad y serán priorizados para los socios 2 acordados en la creación del calendario.
  9. En caso de que un Socio no utilice su período asignado, deberá notificar a los demás Socios con al menos 20 días de antelación para que otro Socio pueda hacer uso del Barco.

VI. MANTENIMIENTO Y GASTOS

  1. Los gastos de mantenimiento, reparación, amarre, seguro y otros relacionados con el Barco serán compartidos proporcionalmente entre los Socios según sus participaciones.
  2. Se creará un fondo común para cubrir estos gastos, al cual cada Socio contribuirá trimestralmente.
  3. Cualquier gasto extraordinario deberá ser aprobado por la mayoría de los Socios antes de ser incurrido.
  4. Se contratará un seguro a terceros y nos cubriremos entre nosotros en el caso de posibles accidentes. En caso de negligencia, el patrón será el responsable y asumirá los costes de reparación. LA decisión de la negligencia la peritará el administrador.

VII. DECISIONES Y GESTIÓN

  1. Las decisiones importantes relacionadas con el Barco (venta, cambios significativos, grandes reparaciones a parte de las estipuladas inicialmente) requerirán el acuerdo de la mayoría de los Socios.
  2. Se nombrará un administrador, quien será responsable de coordinar el mantenimiento, la gestión del calendario de uso y otros asuntos operativos. El primer administrador será Vicente Cano.
  3. El barco ha de quedar limpio y ordenado en el abandono del mismo por cada socio, para que el siguiente pueda disfrutarlo en óptimas condiciones.
  4. Tras las navegaciones, una vez en el puerto o boya, las velas, jarcias y casco han de ser desalados. Las velas se guardarán dentro del barco en estos periodos.

VIII. VENTA Y TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES

  1. Cualquier Socio que desee vender o transferir sus participaciones debe ofrecerlas primero a los demás Socios.
  2. Los Socios tendrán 30 días para ejercer su derecho de adquisición preferente.
  3. Si ningún Socio desea adquirir las participaciones, el Socio vendedor podrá ofrecerlas a terceros, que pasen la aprobación del administrador.

IX. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

  1. Cualquier conflicto que surja entre los Socios relacionado con este acuerdo será resuelto mediante negociación amistosa.
  2. Si no se llega a un acuerdo, el conflicto se someterá a un proceso de mediación o arbitraje, según lo acordado por los Socios.

X. DURACIÓN Y TERMINACIÓN

  1. Este acuerdo tendrá una duración indefinida, a menos que los Socios acuerden su terminación.
  2. En caso de terminación del acuerdo, se procederá a la venta del Barco y la distribución de los ingresos según las participaciones de cada Socio.

XI. DISPOSICIONES FINALES

  1. Cualquier modificación a este acuerdo deberá ser aprobada por escrito por la mayoría de socios.

Firmado en [Ciudad], a [Fecha].

Vicente Cano de Nicolás Firma: ___________________

Eugenio García-Calderón Huerta Firma: ___________________

Daniel Bolibar

Firma: ___________________

Javier García López 51511916N

Firma: ___________________

Javier 2

Firma: ___________________